Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han alertado sobre un trato fiscal desigual entre los pensionistas que realizaron aportaciones a las antiguas mutualidades sustitutorias de la Seguridad Social y aquellos que aportaron a mutualidades laborales.
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Los primeros solo pueden deducirse en el IRPF el 25% de la parte de la pensi?n generada por dichas aportaciones si se realizaron antes del 1 de enero de 1979. En cambio, quienes contribuyeron a mutualidades laborales pueden deducirse el 25% de las cotizaciones hechas entre 1967 y 1978, y hasta el 100% de las anteriores a 1967.
Este cambio implica que los jubilados que aportaron a mutualidades laborales o gestoras de la Seguridad Social recibir?n una mayor reducci?n en el IRPF en comparaci?n con los que contribuyeron a las mutualidades sustitutorias. La Agencia Tributaria ha comenzado a aplicar estas deducciones directamente en la declaraci?n de la Renta de este a?o y ha habilitado un formulario web para solicitar la devoluci?n de los ?ltimos cuatro a?os no prescritos (2019-2022).
Seg?n los c?lculos de Gestha, estas deducciones beneficiar?n a 4,8 millones de personas, incluyendo a jubilados y herederos. Los herederos de mutualistas fallecidos entre 2019 y 2023 pueden reclamar la devoluci?n a través del modelo 'H100-solicitud de pagos de devoluci?n a herederos', adjuntando la documentaci?n correspondiente.
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