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منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا Aviso a los propietarios: Hacienda te puede sancionar si tienes alquilada una viviend
Reem Senior Member

La campa?a de la Rentaest? a punto de finalizar, por lo que los contribuyentes est?n ante sus ?ltimos d?as para presentar su declaraci?n y comprobar si les sale a devolver o a pagar. Hay que recordar que la fecha l?mite es el 1 de julio.

En este sentido, hacer la declaraci?n de la Renta siempre es un apuro: realizarla de manera correcta sin cometer ning?n fallo fiscal es para muchas personas todo un reto. En cualquier caso, si al presentar la declaraci?n se comete alg?n error, Hacienda avisa, ya sea por la aplicaci?n o por carta, para que el contribuyente sea consciente que ha cometido alg?n tipo de fallo u omisi?n. Eso s?, no modificarla puede conllevar una multa.

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Lleva cuidado si tienes una vivienda alquilada

Uno de los fallos m?s habituales a la hora de realizar la Renta es respecto a los inmuebles alquilados y marcar la opci?n correcta al declarar sus ingresos. De esta manera, Hacienda avisa que se debe incluir en la declaraci?n el dinero obtenidos de cualquier tipo de inmueble alquilado. Seg?n la ley del IRPF, estos ingresos se categorizan como rendimientos del capital inmobiliario, siempre que no tengan que ver con actividades econ?micas.

Sin embargo, en caso de que estos alquileres tengan a una persona empleada a jornada completa y con contrato laboral, contar?n como actividad econ?mica en lugar de rendimiento del capital inmobiliario. En cualquier caso, en ambos casos hay que declarar el alquiler, ya que da igual que se trate de un comercio, una vivienda o una plaza de garaje.

Hasta el 28 de junio puedes solicitar cita y recibir atenci?n presencial para realizar la declaraci?n de la #Renta2023.

?Llama al 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

?La campa?a finaliza el 1 de julio.

Toda la info?https://t.co/LIkJkXNTrv pic.twitter.com/8ekQ4FJPgu

— La Moncloa (@desdelamoncloa) June 3, 2024
Multas si no incluyes tu vivienda en la declaraci?n de la Renta

En caso de incumplir, ya sea por fallo u omisi?n, con las obligaciones con la Agencia Tributaria. En este sentido, Hacienda considera fraude la cantidad no declarada y pone multas entre el 50% y el 150% de la cantidad defraudada. Adem?s, estas infracciones se dividen en tres categor?as:
  • Leves: multas de hasta el 50% de la cantidad defraudada, si es inferior a los 3.000 euros.
  • Graves: multas de entre el 50% y el 100% de la cantidad defraudada, si supera los 3.000 euros
  • Muy graves: Multas de hasta el 150% de la cantidad defraudada.
Exenciones en el IRPF para propietarios de viviendas

No obstante, la Agencia Tributaria también informa sobre diferentes exenciones para aquellos que han tenido una ganancia patrimonial. En este sentido, si has vendido tu casa recientemente, podr?s no pagar el IRPF de esta, siempre y cuando cumplas una serie de requisitos. Algunos de ellos son:
  • La vivienda que se ha vendido debe ser la habitual y tienes que haber residido en ella durante al menos tres a?os seguidos.
  • El nuevo inmueble debe convertirse en residencia habitual.
  • Entre la venta y la compra, debe haber pasado un plazo de dos a?os para realizar la inversi?n.
Sin embargo, existe una excepci?n dentro de esta serie de requisitos: los mayores de 65 a?os no deben pagar IRPF por la venta de su vivienda, sin importar los requisitos anteriores.



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