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منتديات اغليتك منتديات عامة اخبار اوربا La Audiencia Nacional condena al Estado a indemnizar con 495.386 euros a un matrimoni
Reem Senior Member

La Secci?n Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia, que ya es firme, por la que condena al Estado a indemnizar con a un matrimonio con 495.386 euros en concepto de da?os como consecuencia de la prisi?n padecida en el marco del procedimiento penal en el que fueron condenados por autoadoctrinamiento y enaltecimiento del terrorismo y en un segundo juicio, absueltos, tras anular el primero el Tribunal Supremo.

El 2016 el hombre fue detenido por un delito de adoctrinamiento terrorista y se decret? su prisi?n preventiva. Meses después fue detenida su mujer por un delito de enaltecimiento de terrorismo, y también fue enviada prisi?n. El matrimonio ten?a dos hijos de 4 y 1 a?os, que se vieron privados de sus progenitores, informa Red Jur?dica, la cooperativa de abogados que ejerci? su defensa.

En total el matrimonio estuvo 1.377 d?as privado de libertad, casi tres a?os él y un a?o ella. En un primer juicio él fue condenado a 6 a?os de prisi?n y a 1 a?o ella, pero el Tribunal Supremo anul? la sentencia al considerar que se hab?an vulnerado los derechos del matrimonio durante el juicio y orden? su repetici?n. En el segundo juicio, la Audiencia Nacional les absolvi?.

Ning?n dato objetivo

La sentencia declar? que "no hay ning?n dato objetivo que acredite o permita afirmar la existencia de acto o actos de colaboraci?n del acusado con organizaci?n terrorista, ni tampoco la actividad tipificada en el art?culo 577.2 del citado texto legal, dirigida o con la finalidad expresada en el mismo que le es imputada por el ministerio p?blico".

Un argumento de peso para que lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional declare que deben ser indemnizados por el Estado, pese a existir una condena inicial, extremo que complica este tipo de resarcimientos.

Al estar acusados de terrorismo, tanto ella como él sufrieron un régimen de vida especialmente duro en prisi?n. Se les clasific? en primer grado, en aislamiento, as? como en régimen FIES (previsto para los presos de especial peligrosidad) con intervenci?n de sus comunicaciones. Como consecuencia el marido ha padecido un da?o psiqui?trico muy grave, irreparable e irreversible que afecta a la identidad y al proyecto de vida, y que le ha supuesto un reconocimiento de discapacidad del 76%.



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